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LA IZQUIERDA será parte querellante, a través de NEG, en el juicio contra los crímenes del franquismo que se instruye en Argentina

Durante  la dictadura franquista cientos de miles de personas fueron víctimas de acciones de genocidio y terrorismo de Estado, cometidos en  el territorio español, contra los simpatizantes de la democracia republicana.

Las organizaciones políticas que conformamos LA IZQUIERDA queremos señalar públicamente que defendemos el concepto de justicia universal. La misma persigue los delitos de genocidio y terrorismo de Estado cometidos en cualquier lugar del mundo que no estén siendo perseguidos y juzgados en los lugares donde se cometieron los crímenes.

Por ello hemos apoyado los juicios que se instruyeron en el Estado Español, contra las dictaduras de Pinochet y el General Videla. Durante la dictadura Argentina se asesinaron treinta mil personas, de las cuales varios centenares eran de origen español.

En aquellos años era la justicia española la que se encargaba de juzgar estos delitos, ante la negativa de la justicia a hacerlo en sus países de origen. En la actualidad es en la Argentina donde se juzgan los delitos de genocidio y terrorismo de Estado cometidos en España, durante la dictadura franquista, por la negativa de la justicia española a realizarlo.

La legislación Argentina a través de su Constitución permite igual que la española la persecución de delitos de genocidio y terrorismo de estado. Delitos estos de “Lesa humanidad” que no prescriben.

Por ello LA IZQUIERDA quiere señalar el apoyo incondicional a las querellas presentadas en la República Argentina y avalar las actividades que se realicen con ese fin.

En el estado español se cometieron delitos que pueden catalogarse como de “lesa humanidad”. Uno de ellos es el genocidio.  Los mismos están claramente recogidos en la  legislación internacional.

La palabra genocidio fue creada por Raphael Lemkin, judío de Polonia, en 1944, de las raíces genos (término griego que significa familia, tribu o raza) y -cidio (del latín -cidere, forma combinatoria de caedere, matar). Lemkin quería referirse con este término a las matanzas por motivos raciales, nacionales o religiosos. Luchó para que las normas internacionales definieran y prohibieran el genocidio.

El Acuerdo o Carta de Londres de 8 de agosto de 1945, que estableció el Estatuto del Tribunal de Nuremberg, definió como "crímenes contra la humanidad" los asesinatos y otras agresiones contra cualquier población civil o las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos. En 1946, la Asamblea General de las Naciones Unidas confirmó los principios de Derecho internacional reconocidos por el Estatuto del Tribunal y proclamó la resolución 96 (I) sobre el crimen de genocidio, que define como "una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros", entre ellos los "raciales, religiosos o políticos", instando a tomar las medidas necesarias para la prevención y sanción de este crimen.

Esta resolución  se cristalizó en la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, de 1948, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esa definición es similar a la reflejada en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, de 1998.

Por todo lo expuesto LA IZQUIERDA decide:

1.- Adherirnos e integramos a la Plataforma Estatal de apoyo a la Querella Argentina contra los crímenes del franquismo.
2.- Formar parte de las Plataformas ya existentes en el resto del Estado.
3.- Ser parte de los querellantes a través de NOVA ESQUERDA GALEGA, partido integrante de LA IZQUIERDA y que es una de las organizaciones impulsoras de este juicio como querellante.
4.- Realizar una campaña de adhesiones a este juicio en ayuntamientos, gobiernos autonómicos o diputaciones.
5.- Aportar testimonios, denuncias o querellas que puedan traducirse en responsabilidades jurídicas o políticas a los responsables del genocidio español.

Por la memoria de las víctimas, convertidas en mártires por sus verdugos.

Por la justicia, contra la impunidad.