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EZKERRA BERDEAK se pronuncia sobre la consulta catalana y su plena constitucionalidad
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- Publicado: 24 Septiembre 2014
EZKERRA BERDEAK quiere dejar constancia, en primer lugar, que asume el principio de autodeterminación para los pueblos de España, que de manera libre y democrática así lo deseen; aunque como explicaremos a continuación la Ley de Consultas no referendarias aprobada por el Parlamento de Cataluña no pretenda esto. A este respeto indicar que el derecho de autodeterminación no quiere decir que no tengamos, como EZKERRA un proyecto de organización política del Estado; aunque nosotros no trabajamos por la independencia de tal o cual comunidad, sino por su armónica integración en un marco de libertad e igualdad en una República Federal o Confederal y Democrática; Aunque llegando el caso de una futura independencia de tal o cual territorio EZKERRA respetaría la voluntad popular y democrática de la población.
En segundo lugar, y para explicar lo que apuntamos en el anterior párrafo, conviene decir que EZKERRA no entiende a qué viene tanto revuelo político como el generado por los Partidos del Turno (PP-PSOE) en relación a la Ley de Consultas de Cataluña, en particular porque la propia Ley de Consultas catalana deja meridianamente claro que las consultas amparadas en dicha ley no son referendarias, es decir, no son referendos y, además, no son vinculantes para el Govern.
Para EZKERRA BERDEAK es necesario que se entienda con claridad que ni Parlamento de Cataluña va a someter a referéndum una ley de secesión ni la Generalitat va a someter a plebiscito una decisión política soberanista.
El Parlamento catalán no quiere (porque no puede) convocar un referéndum para decidir sobre la independencia de Cataluña, sino que quiere convocar una consulta al pueblo catalán para saber su opinión sobre cuál sería el mejor escenario jurídico-político para su territorio en relación con España, tal y como reflejan claramente las preguntas aprobadas para la consulta.
Para EZKERRA la consulta al pueblo catalán sobre esta cuestión tiene plena cobertura legal en la Ley de Consultas populares no referendarias recién aprobada por el Parlamento de Cataluña, con el visto bueno del Consejo de Garantías Estatutarias, órgano consultivo del Gobierno catalán. Y no hay que ser un erudito en Derecho para entender que las consultas amparadas por esta nueva ley solo afectan al ámbito competencial de la Generalitat y de los entes locales, como así mismo dice la propia ley: “Las consultas son instrumentos dirigidos a conocer la posición u opiniones de la ciudadanía en relación a ‘cualquier aspecto de la vida pública en el ámbito de Cataluña y el ámbito competencial de la Generalitat y los entes locales’, y su resultado no tiene efectos vinculantes”.
EZKERRA BERDEAK entiende, por tanto, que la constitucionalidad de la Ley de Consultas catalana es clara; pues la Generalitat no tiene competencias para segregar el territorio catalán de España y, además, el resultado de la consulta no es vinculante, luego no obliga al Govern a materializar jurídicamente dicho resultado. Creemos, por tanto, que esta ley tiene difícil su declaración de inconstitucionalidad.